Agrupación de Sociedades Asturianas de Trabajo Asociado y Economía Social

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Ficha de Ayuda / Subvención

Título:
Capitalización o Pago Único de la Prestación por Desempleo
Estado:
ABIERTA
Fecha convocatoria:
22/01/2009
Fecha fin convocatoria:
31/12/2009
Sector de actividad:
Servicios a las Empresas
Aspecto subvencionable:
Inicio Actividad
Colectivo:
Cooperativas y Sociedades Laborales
Ámbito:
NACIONAL

Descripción

Consiste en la posibilidad, de percibir de una sola vez, el importe total o parcial del valor de la prestación por desempleo de nivel contributivo correspondiente al período a que tenga derecho el trabajador en función de las cotizaciones efectuadas.

Con la última modificación del Real Decreto-Ley 2/2003, de 25 de abril de medidas de reforma económica en su disposición final tercera, el abono de la prestación por desempleo en su modalidad de Pago Único queda redactado en los siguientes términos:

“La entidad gestora podrá abonar el valor actual del importe de la prestación por desempleo de nivel contributivo a los beneficiarios de prestaciones cuando pretendan incorporarse, de forma estable, como socios trabajadores o de trabajo en Cooperativas o Sociedades Laborales, siempre que no hayan mantenido un vínculo contractual previo con dichas sociedades superior a los doce meses, o constituirlas, o cuando dichos beneficiarios pretendan constituirse como trabajadores autónomos y se trate de personas con minusvalía igual o superior al 33%”.

El pago que se realizará de una sola vez será el importe que corresponda a la aportación  obligatoria establecida con carácter general en cada Cooperativa, o al de la adquisición de acciones o participaciones del capital social en una Sociedad Laboral.

La entidad Gestora podrá abonar de una sola vez el valor actual del importe total o parcial, de la prestación por desempleo de nivel contributivo a que tenga derecho el trabajador y que esté pendiente de percibir. Asi mismo, podrá abonar a través de pagos parciales el importe de la prestación por desempleo de nivel contributivo a que tenga derecho el trabajador para subvencionar la cotización del mismo a la Seguridad Social.
Si el trabajador no obtiene la prestación por desempleo por su importe total, el sobrante podrá ser abonado por el INEM en pagos trimestrales para subvencionar la cotización del trabajador a la Seguridad Social.

Para poder beneficiarse de esta modalidad de abono,  es necesario cumplir los siguientes requisitos:

  •  Estar desempleado, es decir, en el momento de presentación de la solicitud de pago único no debe haber iniciado la actividad para la que solicita el derecho , ni fugurar   de alta en la SS para su ejercicio.
  • Ser perceptor de una prestación de desempleo de nivel contributivo por haber cesado de forma definitiva en su relación laboral.
  • No haber hecho uso del derecho al pago único en los cuatro años inmediatamente anteriores.
  • Tener pendiente de percibir la totalidad o parte de las mensualidades que en derecho le correspondan siempre que el número de estas sea igual o superior a tres.
  • Iniciar la actividad en el plazo máximo de un mes desde la resolución de concesión del derecho, y en todo caso, con fecha posterior a la solicitud
  • Que la actividad que va a desarrollar, sea una de las que se indican a continuación: 

                    1.-Inicio de una actividad como trabajador por cuenta propia o autónomo,

                    2.-Constitución de un Cooperativa o Sociedad Laboral, en calidad de socio trabajador o de trabajo estable (no temporal),

                    3.-Incorporación a una Cooperativa o Sociedad Laboral, en calidad de socio trabajador o de trabajo estable (no temporal), siempre que previamente no haya prestado servicios para dicha entidad, como trabajador por cuenta ajena y/o mediante relación societaria temporal, durante un período que supere los 24 meses.    


Para más información, consulte el enlace situado en la parte inferior.

Descarga Convocatoria

Para más información puede seguir el siguiente enlace: Pago Único

Sección de empresas subvencionadoras
  • Portal financiado por el Gobierno del Principado de Asturias, a través de la Consejería de Industria y Empleo. Programa ESTIC
Información sobre el portal

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